Autorización que obtienen las personas naturales que cumplan los requisitos para calificarse como Oficiales de Cumplimiento, y puedan brindar sus servicios profesionales en las entidades de los sectores financieros publico y privado que se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Bancos.
¿A quién está dirigido?
- Ciudadanos ecuatorianos mayores de edad, que cumplan los requisitos para calificarse como Oficiales de Cumplimiento
- Ciudadanos extranjeros mayores de edad, que cumplan los requisitos para calificarse como Oficiales de Cumplimiento
- La regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.
- Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Resolución de calificación
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Solicitud con información mínima requerida, nombres completos, número de cédula de identidad, título profesional, número telefónico, dirección y correo electrónico.
- Poseer título profesional universitario en las ramas de Derecho, Economía, Administración de Empresas, Contabilidad, Auditoría, o carreras afines a banca y finanzas. Las personas que no cuenten con los títulos señalados, deberán acreditar experiencia equivalente a un tiempo mínimo de seis (6) años en un área técnica u operativa de una entidad de los sectores financieros público o privado; o, haber laborado al menos dos (2) años en el área de prevención de lavado de activos, y del financiamiento de delito de una entidad controlada;
- Acreditar una experiencia mínima de tres (3) años en un área técnica u operativa de una entidad de los sectores financieros público o privado; o, haber laborado al menos dos (2) años en el área de prevención de lavado de activos, y del financiamiento de delito de una entidad controlada.
- Contar con capacitación complementaria de al menos noventa (90) horas en cursos de capacitación, en materia de prevención de lavado de activos, dictados en el Ecuador o en el extranjero;
- No haber recibido sentencia ejecutoriada por el cometimiento de infracciones tipificadas en la Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización, y a la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos;
- No estar registrado en la base de datos de sindicados que mantiene la Unidad de Análisis Financiero y Económico;
- Estar al día en sus obligaciones tributarias para con el Servicio de Rentas Internas;
- Declaración jurada ante notario público de no encontrarse incurso en las inhabilidades señaladas en esta norma;
¿Cómo hago el trámite?
Presentar documentación en la recepción de documentos de la Superintendencia de Bancos Quito o en sus Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de acuerdo a su jurisdicción.
Conforme lo establece la Disposición GENERAL PRIMERA. del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos emitido con resolución SB-2017-893 de 16 octubre de 2017, que dice: Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrán jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.
Adjuntar Solicitud Firmada Persona Natural.
Anexar requisitos.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo