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Entidades del Exterior Calificadas

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera mediante resolución No. 107-2015-F de 22 de julio de 2015 emitió las normas de carácter general para la aplicación de la exención del impuesto a la salida de divisas de las entidades del sistema financiero nacional, cuando los recursos provengan de entidades financieras del exterior y entidades no financieras especializadas;

La disposición transitoria de la resolución antes citada, establece que la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, emitirán los procedimientos para la calificación de las instituciones financieras internacionales y entidades no financieras especializadas de cualquier jurisdicción o país, sin excepción;

Mediante resolución No. SB-2016-568 de 31 de mayo de 2016 el Superintendente de Bancos, Encargado, expidió el procedimiento de carácter general para la calificación de entidades financieras del exterior y entidades no financieras especializadas, que provean recursos a las entidades financieras controladas por la Superintendencia de Bancos;

Conforme a las atribuciones conferidas a la Superintendencia de Bancos se calificaron hasta la fecha las siguientes entidades:

Entidades Financieras y no Financieras del exterior Calificadas
(A Octubre 2024)

Entidades Financieras y no Financieras del exterior Calificadas CUENCA
(A Julio 2024)

Formulario Calificación Entidades del Exterior
(A Septiembre 2020)

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