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Es la autorización que se emite para la conformación de las Juntas Generales que son el máximo organismo de la Entidad Financiera, para conocer y resolver sobre la aplicación del Estatuto y las Leyes cuando así lo dispongan

¿A quién está dirigido?

Entidades Financieras Privadas que cumplan con los requisitos para la celebración de las juntas.

Entidades Financieras Públicas que cumplan con los requisitos para la celebración de las juntas.

La regulación para la autorización se encuentra en la Codificación de Normas de la Superintendencia de Bancos.

Dirigido a: Persona Jurídica – Privada, Persona Jurídica – Pública.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Oficio indicando que se ha cumplido con la norma para juntas generales

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Enviar copias certificadas del acta celebrada; y, de todos los documentos que se conocieron en la junta.
  2. Adjuntar convocatoria a través de la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación a nivel nacional y a través de cualquier otro medio previsto en el estatuto.
  3. La calidad de accionistas de los intervinientes o la de sus representantes en la junta (carta poder o poder conferido ante notario);
  4. Las Actas de Junta Generales de Accionistas, deben contener:
    • El nombre de la entidad financiera de que se trate.
    • Determinación del tipo de junta convocada.
    • Numeración cronológica del acta.
    • En caso de que el acta no tenga firmas originales, la certificación del secretario de la junta general, dando fe de que el documento es fiel copia del original.
    • Que estén redactadas en idioma castellano.
    • Que conste el cantón; dirección exacta del domicilio principal de la entidad financiera; fecha de celebración de la junta; y, la hora de iniciación y de finalización de esta, cuyos datos deberán ser los previstos en la convocatoria.
    • Quórum de instalación.
    • Para el caso de juntas generales ordinarias o extraordinarias el acta deberá ser suscrita por el Presidente y Secretario de la junta general.
    • Nombres y apellidos de las personas que intervinieren en ella como presidente y secretario.
    • La transcripción del orden del día contenido en la convocatoria, el señalamiento de la forma en que se realizó la convocatoria y la constancia de que el auditor externo fue convocado.
    • Quórum de decisión.
    • La relación sumaria y ordenada de las deliberaciones de la junta general, así como de las resoluciones de ésta; y, el resultado de la votación.
    • La proclamación de los resultados, con la constancia del número de votos a favor y en contra, número de votos en blanco y de las abstenciones respecto de cada moción.
    • Que haya expresa mención en el acta del resultado del escrutinio de toda elección de dignidades y nombramiento de auditor interno o externo, y que ésta haya sido por voto escrito.
    • Constancia de que no votaron los administradores en general cuando en la junta se haya resuelto: la aprobación de los balances; en las deliberaciones respecto a la responsabilidad de éstos; y, en las operaciones en las que tengan intereses opuestos a los de la entidad financiera.
    • Aprobación del contenido del acta y firmas de presidente y secretario; y.

Para el caso de la junta general universal, la suscripción del presidente, del secretario y de los accionistas que representan la totalidad del capital suscrito y pagado.

¿Cómo hago el trámite?

Presentar documentación en la recepción Quito o en sus Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de acuerdo a su jurisdicción.

Conforme lo establece la Disposición GENERAL PRIMERA. del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos emitido con resolución SB-2017-893 de 16 octubre de 2017, que dice: Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.

Adjuntar Solicitud suscrita por el Gerente General de la Entidad Financiera

Anexar requisitos.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

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