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Autorización que obtienen las personas naturales que cumplan los requisitos para calificarse como miembros del Comité de Auditoría del (IESS, ISSFA, ISSPOL  y Servicio Cesantía Policía Nacional), miembros del Comité de Auditoría (Públicas),miembros del Comité de Auditoría Comités (BIESS  asuntos de los F.C.P.C.), miembros del Comité de  Ética (PÚBLICOS), miembros del Comité de Ética Comités (BIESS asuntos F.C.P.C.) y puedan brindar sus servicios profesionales en las entidades de seguridad social, entidades financieras públicas y en los Fondos Complementarios Previsionales Cerrados administrados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que se encuentran bajo el control de la Superintendencia de Bancos.

¿A quién está dirigido?

Ciudadanos ecuatorianos mayores de edad que cumplan los requisitos para calificarse como miembro del Comité de Auditoría (IESS, ISSFA, ISSPOL,  Servicio Cesantía Policía Nacional), miembros del Comité de auditoría (PÚBLICAS), miembros del Comité de Auditoría Comités (BIESS  asuntos de los F.C.P.C.), miembros del Comité de  Ética (PÚBLICOS) y miembros del Comité de Ética Comités (BIESS asuntos F.C.P.C.), la regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, y demás normas aplicables.

Persona Natural – Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de calificación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Hoja de vida
  2. Comunicación del Secretario General de la entidad correspondiente notificando la designación
  3. Solicitud personal del funcionario requiriendo la calificación
  4. Cédula de ciudadanía
  5. Papeleta de votación.
  6. Copia notariada del título universitario de tercer o cuarto nivel, si el título profesional fuere otorgado en el extranjero, presentará copia del mismo debidamente traducido y apostillado. (Certificado Senescyt)
  7. Certificados laborales originales o copias protocolizadas que acrediten la experiencia profesional mínima de cinco años.
  8. Declaración juramentada de no encontrarse incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 258 del Código Orgánico Monetario y Financiero y en las prohibiciones para ser servidor público constantes en la Ley Orgánica del Servicio Público
  9. Certificado del Servicio de Rentas Internas de no tener obligaciones en firme pendientes
  10. Certificado del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de no tener obligaciones en firme pendientes
  11. Certificado patronal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acredite no mantener obligaciones en firme pendientes como patrono
  12. Declaración de personas vinculadas en la institución que corresponda.
  13. Certificado del Ministerio de Relaciones Laborales de no tener impedimento para ejercer cargo, puesto , función o dignidad en el sector público ; y en el caso de haber recibido indemnización por supresión de partida , haber devuelto el monto recibido en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Público
  14. Certificado de responsabilidades otorgado por la Contraloría General del Estado
  15. Declaración juramentada de bienes para inicio de función
  16. Certificado de no encontrarse registrado en la base de datos con personas con sentencia condenatoria emitido por la Unidad de Análisis Financiero.
  17. Nombramiento y/o acta de la sesión del directorio en la designe al miembro externo del Comité de Auditoría.

¿Cómo hago el trámite?

Presentar  documentación en la recepción de  documentos de la Superintendencia de Bancos Quito

Adjuntar  Solicitud  suscrita por el  Director General del Instituto Ecuatoriano de  Seguridad Social, Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, Instituto de Seguridad Social de la Policía Nacional y por Servicio de Cesantía de la Policía Nacional, según corresponda.

Anexar requisitos.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

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