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Autorización que obtienen las personas naturales que cumplan los requisitos para calificarse como miembros del Comité de Inversiones (BIESS asuntos de los F.C.P.C.) y puedan brindar sus servicios profesionales en los fondos complementarios FCPC que se encuentran administrados por el Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social BIESS.

¿A quién está dirigido?

Ciudadanos ecuatorianos mayores de edad que cumplan los requisitos para calificarse como miembros del Comité de Inversiones (BIESS asuntos de los F.C.P.C.), la regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos, y demás normas aplicables.

Persona Natural – Ecuatoriana.

¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?

Resolución de calificación

¿Qué necesito para hacer el trámite?

Requisitos Obligatorios:

  1. Ser ecuatoriano y estar en pleno goce de los derechos de participación política (Consejo Nacional Electoral- Ley del BIESS).
  2. Comunicación del Secretario General de la entidad correspondiente notificando de la designación.
  3. Copias certificadas de la cédula de ciudadanía y del último certificado de votación. (NOMBRES COMPLETOS, NUMERO DE CEDULA DE IDENTIDAD)
  4. Certificado de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología, e Innovación SENECYT que avale el título académico de tercer nivel o cuarto nivel según corresponda. La Ley del BIESS dispone título en finanzas, mercado de capitales, administración de empresas, economía, derecho o materias afines. (CENTRO DE ESTUDIOS EN EL CUAL SE LO OBTUVO DE SER EL CASO)
  5. Certificados laborales originales o copias certificadas o la impresión del mecanizado del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acrediten la experiencia profesional mínima requerida de acuerdo a ley. La Ley del BIESS dispone una experiencia mínima de cinco (5) años en actividades relacionadas con dichas materias; y, acreditar probidad e idoneidad en el ejercicio de su profesión y en las funciones desempeñadas.
  6. Si la persona a ser calificada va a formar parte del comité de inversiones, deberá contar con título profesional de al menos tercer nivel en finanzas, mercado de capitales, administración de empresas, economía, o materias afines; y AL MENOS DOS AÑOS DE EXPERIENCIA EN EL CAMPO DE MERCADO DE CAPITALES O AFINES. (DE LOS 5 AÑOS INDICADOS)
  7. Declaración juramentada de no encontrarse incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 258 del Código Orgánico Monetario y Financiero; en las prohibiciones para ser servidor público constantes en la Ley Orgánica del Servicio Público; y, en las prohibiciones e inhabilidades señaladas en el artículo 10 de la Ley del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que cuenta con conocimiento y experiencia suficientes que lo acrediten como debidamente capacitado para conocer, identificar y resolver los riesgos propios del negocio que pretende dirigir, administrar o representar, no haber recibido sentencia de ejecutoriada por el cometimiento de infracciones tipificadas en la ley orgánica de prevención integral del fenómeno socio económico de las drogas y de regulación y control del uso de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, y la ley orgánica de prevención, detección y erradicación del delito de lavado de activos y del financiamiento de delitos.
  8. Certificado conferido por el buró de información crediticia o por la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. En caso de que la persona designada, a la fecha de la solicitud de calificación registre mora, podrá presentar el certificado emitido por la entidad financiera en el que conste que se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones.
  9. Certificado conferido por el Servicio de Rentas Internas de no mantener obligaciones en firme pendientes.
  10. Certificado conferido por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de no mantener obligaciones patronales y certificado del BIESS de no tener obligaciones personales en firme pendientes.
  11. Certificado conferido por el Ministerio del Trabajo de no mantener impedimento para ejercer cargo, puesto, función o dignidad en el sector público; y, en el caso de haber recibido indemnización por supresión de partida, haber devuelto el monto recibido en los términos establecidos en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Público.
  12. Certificado de responsabilidades conferido por la Contraloría General del Estado.
  13. Formulario para la Declaración Patrimonial Jurada de inicio de funciones.
  14. Certificado conferido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico de no estar registrado en la base de datos que administra dicha Unidad.
  15. Número telefónico, dirección en la cual recibirá notificaciones y correo electrónico

¿Cómo hago el trámite?

Presentar documentación en la recepción de documentos de la Superintendencia de Bancos Quito

Adjuntar Solicitud suscrita por el Gerente General o Secretario General del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social

Anexar requisitos.

Canales de atención: Presencial.

¿Cuál es el costo del trámite?

El trámite no tiene costo

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