Autorización que obtienen las personas naturales para brindar sus servicios profesionales como Representantes Legales, miembros del Comité de Ética, miembros del Directorio y miembros del Comité de Auditoría, y puedan brindar sus servicios en las entidades del sector financiero privado.
¿A quién está dirigido?
Ciudadanos ecuatorianos y extranjeros mayores de edad que cumplan los requisitos para calificarse como Representantes Legales, miembros del Comité de Ética, miembros del Directorio y miembros del Comité de Auditoría, en las entidades financieras privadas, la regulación para la calificación se encuentra en la Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos y demás normas aplicables.
Dirigido a: Persona Natural – Ecuatoriana, Persona Natural – Extranjera.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Resolución de calificación
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Requisitos Obligatorios:
- Hoja de vida
- Cédula de ciudadanía o de identidad o pasaporte, cuando corresponda;
- Papeleta de votación
- Declaración juramentada de no encontrarse incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 258 del Código Orgánico Monetario y Financiero ; y , que señale expresamente que cuenta con conocimientos y experiencia suficiente que le acreditan capacitado para conocer, identificar y resolver riesgos propios del negocio financiero;
- Copia notariada del título universitario de tercer o cuarto nivel, según las definiciones de las letras b) o c) del artículo 118 de la Ley Orgánica de Educación Superior , que corresponda en cada caso. Si el título profesional fuere otorgado en el extranjero, presentará copia del mismo debidamente traducido y apostillado. (Certificado del Senescyt)
A falta del título profesional referido referido en los párrafos precedentes, deberá presentar certificados laborales originales o copias protocolizadas que acrediten la experiencia profesional de al menos cinco (5) años en el campo financiero o afines. Si los certificados fueren otorgados en el extranjero , deberán ser debidamente traducidos y apostillados; - Certificado del Servicio de Rentas Internas de no tener obligaciones en firme pendientes;
- Certificado del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de no tener obligaciones personales en firme pendientes;
- Certificado patronal del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social que acredite no mantener obligaciones en firme pendientes como patrono;
- Copia certificada del acta de la Junta General o de la Sesión de Directorio, según el caso, en la que se efectuaron las respectivas designaciones.
Para el caso de los miembros del Directorio, ecuatorianos o extranjeros no residentes en el Ecuador , están exentos de presentar lo determinado en los numerales; 3,6,7 y 8.
¿Cómo hago el trámite?
Presentar documentación en la recepción Quito o en sus Regionales Guayaquil, Cuenca, o Portoviejo de acuerdo a su jurisdicción.
Conforme lo establece la Disposición GENERAL PRIMERA. del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Superintendencia de Bancos emitido con resolución SB-2017-893 de 16 octubre de 2017, que dice: Para efecto de la aplicación del presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos; la Intendencia Regional de Guayaquil tendrán jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Guayas, El Oro, Los Ríos, Santa Elena y la Región Insular Galápagos; La Intendencia Regional de Cuenca tendrá jurisdicción sobre las entidades controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias del Azuay, Cañar, Loja, Morona Santiago y Zamora Chinchipe y para la Intendencia Regional de Portoviejo tendrá jurisdicción sobre las instituciones controladas cuyo domicilio principal radica en las provincias de Manabí, Esmeraldas y Santo Domingo de los Tsáchilas.
Adjuntar Solicitud suscrita por el Secretario General, Secretario del Directorio, Apoderado Especial de la Entidad Financiera
Anexar requisitos.
Canales de atención: Presencial.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite no tiene costo