La Superintendencia de Bancos mediante oficio No. SB-DS-2020-0143-O de 18 de marzo del presente año, da a conocer los Horarios mínimos de Atención al Público por parte de las entidades financieras bajo su control, con el propósito de garantizar la continuidad de los servicios bancarios y financieros y resguardar la salud de los clientes y usuarios en condiciones de seguridad y eficiencia.
Ver Oficio No. SB-DS-2020-0143-O
Quito, 19 marzo 2020