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Medidas de segunda fase: resguardo depositantes y fortaleza patrimonial del Sistema Bancario

Ruth Arregui Solano, titular de la Superintendencia de Bancos menciona que para el período de abril a septiembre de 2020, y conforme los datos entregados por el sistema bancario controlado, se registró un total de 1.665.758 operaciones diferidas para la banca privada con un saldo de crédito de USD 10.209 millones el cual representó el 35,8% de la cartera bruta.

 

Referente a la información presentada para la banca pública de desarrollo, a septiembre de 2020 se obtuvo un total de 140.083 operaciones de crédito diferidas con un saldo de USD 3,052 millones, conforme datos remitidos por las entidades controladas, lo que representa el 42,67% del total de la cartera bruta.

 

Arregui recalca que la SB sigue las mejores prácticas internacionales, Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), el Toronto Centre Leadership, The United States Department of the Treasury (OTA), The Center for Global Development (CGD). Con los resultados del proceso de supervisión e información remitida por las entidades controladas y frente al hecho de que hasta la presente fecha no ha sido posible implementar por parte de la política económica el “Fondo de apoyo a las MIPYMES (propuesto por la Superintendencia de Bancos el 29 de marzo de 2020) para aliviar a los hogares, MIPYMES, y empresas ilíquidas pero solventes, mediante garantías, reestructuraciones, refinanciamientos o novaciones y, aliviar así el problema de los deudores de la Banca, reguardando así a los depositantes.

Frente a la proximidad del vencimiento del plazo de la aplicación del diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias (12 de noviembre de 2020 señalado en la Ley Humanitaria). Y, teniendo en cuenta las proyecciones del crecimiento económico del país reportadas por el Banco Central para el 2021, así como, considerando reuniones con organizaciones de la sociedad civil”, organismos multilaterales, ASBA, Ministerio de Economía Y Finanzas, Autoridades JPRMF, “con el propósito de resguardar a los depositantes y precautelar la estabilidad del sistema financiero ecuatoriano; presentó a consideración de la JPRMF, una propuesta de “medidas temporales de segunda fase”, para contribuir a afrontar la salida de la crisis extendiendo: (i) la transferencia de la cartera a cuentas vencidas a los 61 días hasta el 30 de junio de 2021; y, (ii) modificando de forma temporal los porcentajes de provisiones y los días de morosidad para atenuar el riesgo de crédito generados por el confinamiento producto de la pandemia Covid-19”.

En tal sentido, de acuerdo a la ley Ley Orgánica de Apoyo Humanitario en el artículo 12, otorga la facultad para que los usuarios financieros puedan acceder al diferimiento de obligaciones crediticias como medida de alivio financiero  de sus operaciones de crédito hasta el 12 de noviembre de 2020, que corresponde al día 60 luego de haber concluido el estado de excepción.

A partir del 13 de noviembre de 2020, conforme la nueva resolución de JPRMF No.609-2020-F, según las cuales corresponde aplicar las tablas que contienen rangos de morosidad ampliados. En este sentido el cambio de calificación de los sujetos de crédito para todos los segmentos es de 60 días a partir del vencimiento de las cuotas u operación. Lo anterior amplia el plazo para registro de la mora, en razón de que la economía debe recuperarse con las medidas económicas que está tomando el MEF y el Gobierno Ecuatoriano, así como el FONDEPYME, o REACTIVATE ECUADOR II, mismo  que el actual Ministro de Finanzas Mauricio Pozo lo ve como necesario.

Es necesario también señalar que cumpliendo las disposiciones de la Ley Orgánica para la Reactivación Económica, la Superintendencia de Bancos mantiene a disposición el Sistema de Registro de Datos Crediticios, cuya finalidad es brindar el servicio de referencias crediticias provenientes de varias fuentes de información, mediante el cual los usuarios financieros titulares de la información pueden acceder al aplicativo en línea de la página web institucional con su respectivo usuario de acceso, de acuerdo al siguiente detalle:

 

Caso contrario puede realizar el trámite en las oficinas de esta Superintendencia o, realizar la activación vía WhatsApp al  siguiente número telefónico: 0984863621.

Quito, 16 noviembre 2020

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